AUTORIZACION DEL SEGUNDO DIA DE TELETRABAJO.
Autorización del Segundo Día de Teletrabajo para el Personal del Servicio Canario de Empleo
Se informa al personal del Servicio Canario de Empleo que, mediante la Resolución nº 449/2025, se ha modificado la Instrucción nº 2/2023, que regula la implementación de la modalidad de teletrabajo conforme al Decreto 74/2023, de 11 de mayo.
Esta modificación introduce como principal novedad la autorización de un segundo día de teletrabajo para el personal empleado público del organismo.
A continuación, se destacan los principales cambios introducidos:
Modificación de los puestos excluidos del teletrabajo: Se incluyen los puestos de archivos centrales con tareas de organización y custodia de documentos, atención directa al público, así como funciones de conductor, ordenanza y subalterno.
Presencialidad mínima: Se establece que al menos un 40% del personal de cada unidad administrativa debe estar en modalidad presencial diariamente.
Flexibilidad por necesidades del servicio: Las unidades podrán requerir la presencia del 100% del personal en casos justificados, reasignando días de teletrabajo dentro de la misma semana.
Distribución de días de teletrabajo: No se podrán autorizar días laborales consecutivos y se establecen límites para la distribución de teletrabajo los lunes y viernes según el tamaño de la unidad.
Procedimiento de solicitud
La solicitud del segundo día de teletrabajo se realizará, al igual que el primer día, a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, accediendo al procedimiento 8451 - Prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal empleado público del Servicio Canario de Empleo.
Para facilitar el acceso, pueden realizar el trámite directamente en el siguiente enlace:
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